Como sabrán nuestros lectores, la nueva ley de procedimiento administrativo (Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas) ha venido a consagrar al medio electrónico como la principal forma en que las administraciones públicas españolas han de testimoniar su actividad, y al Archivo Electrónico Único que habrá de constituirse en cada administración, como el principal depositario de los documentos electrónicos que constituirán (o constituyen ya) dicho testimonio. Un archivo único, un archivo para gobernarlos a todos y, si no se reconduce la situación, puede que para atarlos en las tinieblas, parafraseando la obra de Tolkien.